miércoles, 7 de septiembre de 2016

Medición de impuestos diferidos

Medición de impuestos diferidos


Tasas impositivas
La tasa impositiva es el porcentaje (%) de impuestos que corresponde pagar al fisco por algo que la ley manda.
Una entidad medirá un activo o pasivo por impuestos diferidos usando las tasas impositivas y la legislación que hayan sido aprobadas, cuyo proceso de aprobación este prácticamente terminado, en la fecha sobre la que se informe.  Una entidad considerará las tasas impositivas cuyo proceso de aprobación este prácticamente terminado cuando los sucesos futuros requeridos por el proceso de aprobación no hayan afectado históricamente al resultado ni sea probable que lo hagan.
Cuando se apliquen diferentes tasas impositivas a distintos niveles de ganancia fiscal, una entidad medirá los gastos (ingresos) por impuestos diferidos y los pasivos (activos) por impuesto diferidos relacionados, utilizando las tasas medias aprobadas, o cuyo proceso de aprobación este prácticamente terminado, que se espera que sea aplicables a la ganancia (o pérdida) fiscal de los periodos en los que se espere que el activo por impuesto diferido se realice o que el pasivo por impuesto diferido se liquide.
La estimación del resultado fiscal futuro incluye lo siguiente:
1.      Pérdida o ingresos sin incluir la reversión de diferencias temporarias
2.      Reversión de diferencias temporarias

La Exoneración fiscal es una reducción temporaria o eliminación del impuesto a las ganancias que suele ser utilizada como incentivo para fomentar la inversión o estimular el crecimiento de determinadas industrias por el gobierno.
La medición de los pasivos por impuestos diferidos y los activos por impuestos diferidos reflejara las consecuencias fiscales que se derivan de la forma en que la entidad espera en la fecha sobre la cual se informa o liquidan el importe en libros de los activos y pasivos relacionados.
Dado que la base fiscal de un activo es igual al importe que habría sido deducible por obtener ganancias fiscales si el importe en libros se hubiese recuperado a través de la venta al final del periodo sobre el que se informa, la medición de un activo por impuesto diferidos reflejara las reflejara las consecuencias fiscales que tendría el uso del activo solo cuando la entidad espera recuperar su importe en libros mediante el uso y estén disponibles las mismas deducciones disponibles ya sea por la venta o por el uso de dicho activo. 
En otras palabras:
·         Si las deducciones disponibles por la venta, no son iguales a las deducciones disponibles por el uso, una entidad medirá los activos y pasivos por impuestos diferidos a la tasa impositiva que se aplicaría si el activo fuera vendido.
·         Si están disponibles las mismas deducciones ya sea por la venta o por el uso del activo, la entidad medirá el activo y pasivo por impuestos diferidos a la tasa impositiva que se aplique al método esperado de recuperación del importe en libros de los activos por parte de la entidad.


Corrección Valorativa


Una entidad reconocerá una corrección valorativa para los activos por impuestos diferidos de modo que el importe en libros pero iguales al importe máximo que es probable que recupere sobre la base de las ganancias fiscales actuales o futuras.
Una entidad reconocerá una corrección valorativa si, sobre la base de la evidencia disponible, es mayor la probabilidad de que no haya ganancias fiscales suficientes para realizar el incentivo fiscal.

La NIIF para las PYMES no exige la elaboración de previsiones detalladas, proyecciones ni otros desgloses para justificar el no reconocimiento de una corrección valorativa. El nivel de desglose es una cuestión de criterio. Cuando más dudas haya de que el activo por impuestos diferidos se pueda realizar, mas importante será el desglose a realizar. 

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